Última revisión: . Ley vigente a octubre de 2026.
Huir o intentar evadir a sabiendas a la policía en un vehículo después de una señal de parar es un delito de tercer grado según N.J.S.A. 2C:29-2(b). Pasa a segundo grado si la huida crea un riesgo de muerte o lesión para cualquier persona. La corte también suspende la licencia de 6 meses a 2 años.
Puntos clave
- Huir a sabiendas de la policía en un vehículo después de una señal de parar es delito de tercer grado.
- Pasa a segundo grado si la huida crea riesgo de muerte o lesión para cualquier persona.
- La corte también debe suspender la licencia de 6 meses a 2 años.
¿Qué es evadir a la policía (2C:29-2(b))?
La Fiscalía tiene que probar que usted manejaba un vehículo (o una embarcación) en una calle, carretera o vía de agua de Nueva Jersey; que recibió una señal de un policía para detenerse por completo; y que huyó o intentó evadir al policía a sabiendas.
¿Cuándo es de segundo grado en lugar de tercero?
| Circunstancia | Grado | Rango normal de prisión (2C:43-6(a)) |
|---|---|---|
| Evadir a la policía | Tercer grado | 3 a 5 años |
| Evadir creando un riesgo de muerte o lesión a cualquier persona | Segundo grado | 5 a 10 años |
El jurado puede inferir (sin estar obligado) que la huida creó un riesgo de muerte o lesión si su manejo incluyó una infracción de las leyes de tránsito del capítulo 4 del Título 39, como exceso de velocidad o pasarse una luz roja. Por esa inferencia muchos casos se acusan como de segundo grado.
Evadir a la policía en tercer grado también es una de las ofensas excluidas de la presunción habitual de no prisión para quien no tiene antecedentes, según N.J.S.A. 2C:44-1(e).
¿Una condena por evadir suspende la licencia?
Además de cualquier otra pena, la corte tiene que suspender su licencia por al menos seis meses y hasta dos años. Si su licencia ya estaba suspendida o revocada, la nueva suspensión empieza cuando termina la anterior. La ley también presume, salvo prueba en contrario, que el dueño registrado del vehículo era quien manejaba.
¿Y si alguien resultó herido durante la persecución?
Causar una lesión corporal mientras se evade a la policía es un cargo aparte de agresión agravada según 2C:12-1(b)(6). Según 2C:43-6(i), esa condena exige prisión con un mínimo de un tercio a la mitad de la condena antes de poder pedir libertad condicional.
¿En qué se diferencia de resistirse al arresto?
El inciso (a) trata la resistencia al arresto. Impedir o intentar impedir un arresto a propósito es una ofensa de persona desordenada. Hacerlo huyendo (por ejemplo, corriendo a pie) es un delito de cuarto grado. Usar o amenazar con fuerza, o crear un riesgo sustancial de lesión, lo hace de tercer grado. Que la policía actuara de forma ilegal no es defensa si el oficial actuaba con su autoridad oficial y anunció el arresto antes.
¿Cómo se defiende un cargo de evadir a la policía?
- Si la señal de parar fue clara y de verdad se recibió (luces, sirena, lugar, visibilidad)
- Si usted huyó a sabiendas o buscaba un lugar seguro para parar
- La identificación del conductor, incluida la presunción del dueño
- Si los hechos apoyan el riesgo que exige el segundo grado
- Videos de la patrulla y cámaras corporales, e informes de la persecución
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Preguntas frecuentes
¿Evadir a la policía es un delito grave en Nueva Jersey?
Nueva Jersey usa "delito procesable" en vez de felonía. Evadir a la policía es de tercer grado, o de segundo grado si crea un riesgo de muerte o lesión.
¿Pierdo la licencia por evadir a la policía?
Sí. La ley exige una suspensión de al menos seis meses y hasta dos años, además de cualquier otra pena.
¿Qué diferencia hay entre evadir a la policía y resistirse al arresto huyendo?
Evadir según 2C:29-2(b) implica un vehículo o embarcación y una señal de parar. Resistirse huyendo según 2C:29-2(a)(2), como correr a pie, es un delito de cuarto grado.
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