Última revisión: . Ley vigente a octubre de 2026.
Una orden de restricción temporal (TRO) en Nueva Jersey se dicta sin la persona acusada y entra en vigor al entregarse. Se fija una audiencia de orden final (FRO), por lo general dentro de 10 días, ante un juez de Familia. La parte demandante debe probar su caso por preponderancia de la prueba. Usted puede llevar abogado, pero la corte no le asigna uno. Si no se presenta, la FRO se puede dictar sin usted, y la FRO no vence.
Cómo se dicta una TRO
La persona que pide protección puede hacerlo en la División de Familia en horario de corte, o por medio de la policía local fuera de ese horario, cuando un juez municipal escucha la solicitud por teléfono. La audiencia se hace sin la persona acusada. Vea NJ Courts: proceso de TRO.
Justo después de que le entregan la orden
- Lea la orden con cuidado: prohibición de contacto, lugares a los que no puede ir y lo que dice sobre armas
- No contacte a la parte demandante, ni por amigos ni por redes sociales, aunque esa persona le busque
- Anote la fecha y la corte de la audiencia de FRO
- Reúna mensajes, registros de llamadas, fotos y nombres de testigos
La audiencia de FRO
Es un juicio civil. Cada parte puede declarar, presentar testigos y documentos, y hacer preguntas a la otra. El juez decide si hubo un acto de violencia doméstica y si hace falta una orden para proteger a la persona. Una FRO puede afectar el derecho a tener armas, la vivienda y la custodia. Vea NJ Courts: cómo prepararse para la audiencia de FRO.
Si además hay cargos penales
Los cargos penales del mismo incidente son un caso aparte en la Corte Municipal o en el Tribunal Superior. Lo que diga en la audiencia de FRO puede usarse en el caso penal, así que conviene planear ambos juntos. Más en nuestra página de violencia doméstica.
Fuentes
Esta página ofrece información general sobre la ley de Nueva Jersey. No es asesoría legal, y leerla o comunicarse con nosotros no crea una relación abogado-cliente. Cada caso es distinto y ningún resultado está garantizado.